a) Alcance del Impuesto
· Toda persona física, sucesiones indivisas, de existencia
ideal, empresas unipersonales y establecimientos estables
de sujetos del exterior que estén ubicadas en el país, tributan
sobre la totalidad de sus ganancias obtenidas ya sea en el
país o en el exterior.
· Toda persona de existencia visible o ideal no residentes
en el país, tributan sobre sus ganancias de fuente argentina.
b) Categorías de ganancias
Está
determinado por el origen de la renta:
|
Categoría |
Origen
de la Renta |
|
Primera |
Locación
de Inmuebles |
|
Segunda |
Rentas
originada de la colocación de capitales |
|
Tercera |
Beneficios
de las empresas y auxiliares del comercio. Se incluye
sociedades y empresas o explotaciones unipersonales |
|
Cuarta |
Rentas
del trabajo personal |
c)
Período de liquidación
· Año calendario para toda personas físicas y demás sujetos
que no lleven contabilidad.
· Ejercicio comercial para todo empresa.
d)
Alícuota
· Toda personas físicas con residencia en el país deberá
presentar una declaración jurada anual. Todo anticipo a dicho
impuesto será considerado como pagos a cuenta del impuesto.
· Toda suma pagada en el exterior por gravámenes similares
puede ser consideradas como pago a cuenta del presente impuesto.
· La alícuota será del 9% hasta el 35% según corresponda
en el caso de Personas Físicas y del 35% para empresas.
e)
Determinación del Impuesto