La funciones son dos:
En primer lugar la defensa de los derechos y garantías de todos
los habitantes contra actos, hechos u omisiones de la administración
pública.
En segundo lugar el control de las mismas.
En nuestro país tiene una facultad distintiva del resto de los
Ombudsman del mundo: puede iniciar juicios contra el propio
estado. La Defensoría del Pueblo es una institución del Estado,
no del gobierno contra el cual puede accionar.
Facultades
La
Defensoría del Pueblo tiene facultades persuasivas. Puede
advertir, recomendar, exhortar recordar los deberes legales,
etc.
En Argentina, como en ningún lugar del mundo, el Ombudsman no puede revocar
ni anular actos, pero sí puede actuar como órgano de control
pidiendo informes desde el Jefe de Gabinete hacia abajo a
cualquier funcionario del gobierno, bajo apercibimiento de
desobediencia si no contesta en un plazo determinado.
La respuesta a estos pedidos de informe se confrontan con la queja del ciudadano.
A finalizar este procedimiento y si se fundamente la queja
del ciudadano, se procede a advertir o recomendar, etc. o
a proceder a iniciar la acción judicial como último recurso
o como primero en caso de urgencias.
Es decir, se puede iniciar por una acción judicial o concluir con ella si la
persuasión no dio resultado.
Procedimiento
El procedimiento puede iniciarse de varias formas:
De oficio: cuando el Defensor toma conocimiento de algún hecho que le concierne
como defensa o como control. Es importante destacar que puede
intervenir en todo el país si están involucrados derechos
humanos.
Por una queja o presentación de cualquier persona o entidad que sufra algún
tipo de agravio a sus derechos.
Datos Generales
No
existen delegaciones en el interior del país. Para cubrir
esto la Defensoría recorre permanentemente el interior y se
han firmado convenios con colegios de abogados, consejos profesionales,
universidades, ligas de amas de casa, etc., que son quienes
reciben las quejas.
Estadísticamente los reclamos están orientados en este orden:
Area Económica: bancos oficiales, cierre de bancos, y fundamentalmente,
problemas con las empresas de servicios públicos privatizadas.
Temas Jubilatorios: por cuestiones de lentitud.
Salud y medio ambiente.
Derechos humanos básicos: cárceles, neuropsiquiátricos, etc.
El Defensor es designado por ambas cámaras del Congreso, por acuerdo de dos
tercios de los miembros de cada cámara. Tiene las mismas inmunidades
que un legislador, permanece en el cargo durante cinco años
y puede ser reelecto en una oportunidad.
Dirección e Informes
Si usted quiere obtener más datos acerca de este organismo puede
dirigirse a DEFENSORIA DEL PUEBLO DE LA NACIÓN. Venezuela 842
- Capital Federal. Tel. 4338-4900 o gratuitamente al 0800-666-1518.
O visite su web
www.defensor.gov.ar