La habilitación
municipal es lo que autoriza el funcionamiento de
un local u oficina, es un tema que parece solo destinado a
gestores que puedan luchar en la burocracia.
Cuáles son los pasos, documentación y profesionales
que intervienen en una habilitación, son las preguntas
que trataremos de responder en esta nota.
La habilitación de
un local o de una oficina comercial, en la Ciudad de Buenos
Aires, está regida por la Ordenanza 44.947.
Hay tres tipos posibles de habilitaciones
• Automáticas
• Con planos
• Con inspección previa.
Como las cajas de cambio de
los automóviles, las habilitaciones pueden ser automáticas
o requerir una inspección previa.
No hace
falta ni inspección, ni planos para los locales
destinados a comercios con una superficie menor a 500 metros
cuadrados, siempre y cuando no comercialicen productos alimenticios
o medicinales sin envasar, tampoco los que trabajen con explosivos
o sustancias inflamables.
También con el tope
de 500 metros cuadrados, no requieren
plano: las oficinas comerciales, las agencias de
lotería, los locales de copias, los estudios y laboratorios
fotográficos y los salones de lustrar.
Entre las actividades que
requieren inspección previa están:
geriátricos, estaciones de servicio, clínicas,
y piletas de natación.
Cómo es el proceso
Los pasos son simples: el arquitecto
y el escribano efectúan
las verificaciones, y se presenta la documentación
ante el Gobierno de la Ciudad que emite una autorización
provisoria que permite al local empezar a funcionar. Esta
habilitación no tiene un vencimiento determinado, pero
en no más de 6 meses el titular debería disponer
de la habilitación definitiva
La verificación técnica está
a cargo, generalmente, de arquitectos, pero también
puede realizarla –según el caso- un ingeniero,
un agrimensor o un maestro mayor de obras.
La función del profesional es verificar que el uso
que se dará al local esté permitido en la zonificación
donde se encuentra, y que cumpla con las normas que la legislación
de la ciudad determina para su actividad. Para esto debe consultar
el Código de Planeamiento Urbano, donde están
determinadas las actividades que pueden realizarse en cada
parte de la ciudad.
La verificación notarial
está a cargo de un escribano que deberá
realizar una escritura de habilitación en la que certifica:
• La inscripción y pago de ingresos brutos.
• El derecho a uso del local (si es propietario o alquila).
En caso de que el local esté
en una propiedad horizontal, el escribano deberá verificar
que su funcionamiento no esté en contradicción
con el reglamento de copropiedad o presentar la conformidad
del resto de los propietarios.
En otras palabras: el arquitecto debe verificar
que el local tiene las características adecuadas
y está en una zona permitida, en tanto que el escribano
debe verificar que el titular tiene derecho a utilizar la
propiedad y que tiene su situación ante rentas en
regla.
Paso
a paso Cuáles son las etapas que
realizan los arquitectos para habilitar un local.
Antes de presentar la documentación,
se realizan varias verificaciones:
• Verificar que la zonificación determinada por
el Código de Planeamiento Urbano permite el desarrollo
de la actividad. También se debe tener en cuenta los
requisitos de estacionamiento, carga y descarga.
• Si es una propiedad horizontal: verificar que el reglamento
de copropiedad permite que la unidad pueda desarrollar la
actividad que se habilita.
• Realizar una inspección del local para verificar
si tiene las medidas mínimas solicitadas para su actividad
y si se cumplen los requisitos para el uso solicitado.
• En caso de ser necesario, confeccionar el plano (determinadas
actividades lo requieren)
• Verificar cuál es la categorización
del impacto ambiental.
Luego un escribano certifica
las copias, y emite una escritura certificando el derecho
a uso y el correcto cumplimiento ante rentas (especialmente
inscripción y pago de ingresos brutos).
Finalmente se presenta ante
el Gobierno de la Ciudad una carpeta con:
• Carátula del Colegio de Escribanos.
• Listado de documentos que se presentan (ver Papeles
y más Papeles)
• Encomienda profesional con certificación de
firma.
• Testimonio y su copia.
• Formularios de habilitación.
• Formularios de Evaluación de Impacto Ambiental
• Tres copias de planos (si se requiere).
| Papeles
y más papeles:
La documentación que debe aportar el titular
de un local para una habilitación automática
es la siguiente: |
•
Título de propiedad o contrato de alquiler.
• Inscripción y último pago en Ingresos
Brutos.
• C.U.I.T.
• Impuesto A.B.L.
• Reglamento de Copropiedad (si corresponde).
• Estatutos de la Sociedad (para las S.A. o S.R.L.)
• D.N.I.
• Plano (sólo en los casos que se requiere)
|
Algunas recomendaciones
a la hora de elegir un gestor.
La carpeta para solicitar la habilitación puede
ser presentada por el titular o por los profesionales que
efectuaron los verificaciones. No obstante eso existen algunos
“obstáculos invisibles e informales”
que complican el trámite. Por eso lo más recomendable
es encomendar la gestión a un gestor.>>
VER NOTA RELACIONADA
Un arquitecto que se dedicó
varios años al tema de habilitaciones, y que prefirió
permanecer en el anonimato, nos dió varias recomendaciones:
// Lo más importante
es buscar un estudio que tenga un arquitecto, si tiene dudas
sobre su idoneidad o cometió alguna falta, puede hacerse
una consulta en el Consejo Profesional de Arquitectura y Urbanismo.
// No hay que dejarse llevar
por los que prometen una habilitación en 48 hs: en
ese tiempo sólo puede conseguirse la habilitación
provisoria, que permite el funcionamiento del local, pero
el trámite debe luego continuarse hasta conseguir la
habilitación definitiva. La evolución del trámite
puede seguirse por medio del número de expediente,
normalmente en 2 o 4 meses tendría que estar lista
la habilitación definitiva.
// Es importante también
no dejarse engañar por quienes piden un poco más
de dinero para conseguir la habilitación definitiva
más rápido: el comercio puede funcionar sin
inconvenientes con la habilitación provisoria y el
número de expediente del trámite.
// En algunos casos, gestores
poco serios, en lugar de efectuar el trámite de habilitación,
realizan una “Solicitud de Antecedentes”, por
la que el gobierno de la ciudad emite un certificado con las
actividades que se desarrollaron anteriormente en ese local,
pero no habilita de ninguna manera para el funcionamiento
del comercio.